Inicio

Imprimir

Mi Perfil

Afiliación
Portada > Organizacion > Estatutos

Menu Principal

Quienes somos
Organizacion
   Actas
Normas
Estatutos
Miembros Honorarios
Servicios y Programas
Afíliese
Eventos
Comites
Miembros
Email
PECX Verde
PECX en Prensa
Librería
Enlaces
Entérate de Colombia
Elecciones Colombia 2010
US Census 2010
FAQs
Contactenos
Usuario

Contraseña

Estatutos de PECX

CAPITULO VIII DE LA REFORMA DE ESTATUTOS

ARTICULO 51.- PROCEDIMIENTO DE LA REFORMA

  1. Los proyectos de reforma al presente Estatuto pueden ser presentados por
    a. La Presidencia
    b. El Consejo Directivo
    c. Por un numero de miembros no menos al 20% del total.
    d. Por cualquier miembro activo durante la Asamblea General.
  2. El proyecto de reforma debe ser enviado al Consejo Directivo.
  3. La Asamblea General deberá aprobar o no cada una de las reformas planteadas y luego difundirlas entre los miembros de la Asociación, mediante comunicación publica.

ARTICULO 52.- VIGENCIA DE LA REFORMA DE  ESTATUTOS: Las reformas del presente Estatuto se aplican a partir de la fecha de la aprobación del Consejo Directivo o cuando ella lo determine  y una vez se suscriba su aprobación. Para su reforma o cambio se hará conforme a lo estatuido en este texto.

«Página Anterior · 1 2 3 4 5 6 7 8 9 · Página Siguiente»